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03 · Áreas de práctica

Derecho Administrativo

Hacienda e inspecciones tributarias, multas y sanciones, urbanismo, licencias y pisos turísticos, responsabilidad de la Administración, recursos y contencioso-administrativo. En español, inglés y ruso.

Frente a la Administración

Cuando Hacienda, el Ayuntamiento u otro organismo se equivoca

Una notificación de Hacienda, una multa, una licencia denegada o una obra paralizada pueden llegar en cualquier momento. Los plazos para responder son cortos —a veces solo diez días— y lo que no se alega a tiempo después es muy difícil de corregir.

En Rosmedian Law revisamos el expediente, le explicamos qué opciones reales tiene y presentamos por usted las alegaciones y los recursos, también de forma telemática. Si la vía administrativa no basta, le defendemos ante los tribunales de lo contencioso-administrativo.

  • Ha recibido un requerimiento o una liquidación de Hacienda
  • Le han impuesto una multa o una sanción que considera injusta
  • Necesita una licencia de obra, de actividad o de piso turístico
  • Ha sufrido un daño por el mal funcionamiento de un servicio público
  • Quiere recurrir una resolución o la Administración no le responde
Qué hacemos

Servicios de derecho administrativo

Hacienda y procedimientos tributarios

  • Requerimientos, comprobaciones e inspecciones
  • Liquidaciones, recargos y sanciones tributarias
  • Recursos de reposición y reclamaciones ante el TEAR
  • Aplazamientos, suspensiones y embargos

Multas y sanciones

  • Multas de tráfico y de ordenanzas municipales
  • Sanciones de seguridad ciudadana y de consumo
  • Expedientes sancionadores a empresas
  • Alegaciones y recursos

Urbanismo y licencias

  • Licencias de obra y de actividad
  • Legalización de obras y expedientes de disciplina urbanística
  • Viviendas de uso turístico: registro y compatibilidad
  • Planeamiento y expropiaciones

Responsabilidad de la Administración

  • Caídas y accidentes en la vía pública
  • Daños causados por obras y servicios públicos
  • Errores de la sanidad pública
  • Reclamación de indemnizaciones

Recursos y contencioso-administrativo

  • Recursos de alzada y de reposición
  • Silencio administrativo
  • Demandas ante los juzgados y tribunales
  • Medidas cautelares para suspender la ejecución

Contratación pública y subvenciones

  • Licitaciones y presentación de ofertas
  • Recursos contra adjudicaciones
  • Solicitud y justificación de subvenciones
  • Expedientes de reintegro
Cómo trabajamos

Plazos cortos, respuesta rápida

En derecho administrativo el tiempo cuenta: cuanto antes revisemos su caso, más opciones tendrá.

  1. Revisión del expediente

    Leemos la notificación y el expediente completo, comprobamos los plazos y detectamos errores de forma y de fondo.

  2. Estrategia

    Le explicamos si conviene pagar, negociar, alegar o recurrir, con una estimación clara de costes y posibilidades.

  3. Alegaciones y recursos

    Preparamos y presentamos los escritos y, si procede, pedimos que se suspenda el pago o la ejecución mientras se resuelve.

  4. Tribunales

    Si la Administración mantiene su postura, acudimos a la vía contencioso-administrativa y le representamos en todo el proceso.

Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan sobre la Administración

Me ha llegado una multa. ¿Pago o recurro?

Depende de si hay motivos sólidos para recurrir. En las multas de tráfico, pagar en los 20 días naturales siguientes a la notificación reduce el importe un 50 %, pero supone renunciar a alegar. En otros procedimientos sancionadores, el pago voluntario y el reconocimiento de la responsabilidad pueden dar derecho a reducciones del 20 % cada una. Antes de pagar conviene revisar si la notificación, la prueba o la tipificación tienen defectos.

¿Qué plazos tengo para recurrir?

Contra una resolución expresa, el recurso de alzada o de reposición se presenta en el plazo de un mes, y el recurso contencioso-administrativo, en dos meses. En materia tributaria, el recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa también tienen un plazo de un mes. Si la Administración no responde (silencio), en la mayoría de los casos esos plazos no corren en su contra.

Hacienda me ha enviado un requerimiento. ¿Qué hago?

No lo ignore: el plazo para contestar suele ser de diez días hábiles y no responder puede acarrear una sanción. Analizamos qué pide exactamente Hacienda, qué documentación conviene aportar y cómo presentarla. Recuerde que, en general, Hacienda solo puede revisar los últimos cuatro años.

¿Tengo que pagar mientras recurro?

Las sanciones administrativas no se pueden ejecutar hasta que sean firmes en vía administrativa, y las sanciones tributarias recurridas quedan suspendidas sin necesidad de garantía. Para las deudas tributarias y otras liquidaciones, en cambio, hay que solicitar la suspensión y, normalmente, aportar una garantía; si no, se pueden exigir con recargos.

Me he caído en la calle por una baldosa rota. ¿Puedo reclamar?

Sí, a través de una reclamación de responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento o al organismo responsable. Hay que demostrar el daño y su relación con el mal estado del servicio público: fotos, testigos, informes médicos. El plazo es de un año desde el accidente o desde que se estabilizan las lesiones.

Tengo obras sin licencia. ¿Pueden obligarme a derribarlas?

En la Comunitat Valenciana, el Ayuntamiento dispone de quince años desde la terminación de las obras para ordenar la restauración de la legalidad urbanística; en suelo no urbanizable protegido no hay plazo. Muchas obras pueden legalizarse si son compatibles con el planeamiento. Antes de comprar una vivienda, conviene comprobar su situación urbanística.

¿Qué necesito para alquilar mi vivienda como piso turístico?

En la Comunitat Valenciana hay que inscribir la vivienda en el Registro de Turismo, con un informe municipal de compatibilidad urbanística, y desde el 1 de julio de 2025 obtener además el número de registro único estatal, obligatorio para anunciarla en plataformas. En edificios de viviendas, la comunidad de propietarios debe aprobarlo por mayoría de tres quintos. Muchos municipios han limitado nuevas licencias, por lo que conviene consultarlo antes de comprar.

¿Qué riesgos tiene llevar a la Administración a juicio?

En el contencioso-administrativo, por regla general, quien pierde paga las costas de la otra parte, aunque los tribunales suelen limitarlas a una cantidad moderada. Por eso analizamos con usted las posibilidades reales antes de demandar. En muchos casos, un buen recurso en vía administrativa resuelve el problema sin llegar a juicio.

La información de esta página es general y no sustituye al asesoramiento sobre su caso concreto.

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